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A la hora de crear una empresa hay varios aspectos que se deben tener en cuenta, entre ellos, el tipo de sociedad bajo la cual se constituirá el negocio.
En España existen varios tipos de Sociedades, dependiendo de si son:
1. Sociedades No Mercantiles (con personalidad física):
- Empresario Individual
- Comunidad de Bienes
- Sociedad Civil
2. Sociedades Mercantiles Especiales:
- Sociedad Laboral
- Sociedad Cooperativa,
- Agrupación de Interés Económico
- Sociedad de Inversión Mobiliaria
3. Sociedades Mercantiles:
Que se dividen en:
- Personalistas (Sociedad Colectiva y Sociedad Comanditaria)
- Capitalistas, que son las que desarrollamos a continuación, ya que son las más habituales:
Sociedad Limitada o Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL o SRL)
Es el tipo de sociedad más utilizado en España, en especial por las pequeñas y medianas empresas, ya que la responsabilidad está limitada al capital aportado, por lo que no tiene que responder a las posibles deudas del negocio con el patrimonio personal de los socios.
El capital mínimo a aportar es de 3.000 euros, ya sea en capital o en especie, siempre y cuando el valor esté pactado entre todos los socios. El mínimo de socios es uno (en cuyo caso se constituiría una Sociedad Limitada Unipersonal).
En cuanto a las obligaciones fiscales, la Sociedad está obligada a tributar el Impuesto de Sociedades y el IVA.
Sociedad Anónima (SA)
Este tipo de Sociedad tiene las mismas características que la Sociedad Limitada en cuanto a responsabilidad, número mínimo de socios y obligaciones fiscales.
Las diferencias radican, por una parte, en el capital mínimo a aportar: en este caso es de 60.000 euros. Por otra parte, la gestión de la empresa también es diferente: la SL está pensada para negocios más pequeños, en los que la partición esté entre pocos socios, mientras que en la SA los socios pueden vender libremente sus acciones. Finalmente, por lo que respecta a la constitución: la SA es más estricta que la de la SL.
Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)
La SLNE es un tipo de Sociedad con muchas similitudes a la Sociedad Limitada. Aun así, tiene algunas características que la diferencian: debe tener un máximo de 5 socios, y deberán ser personas físicas y no jurídicas (como en el caso de la SL); el administrador deberá ser obligatoriamente socio; la SLNE tiene un carácter más flexible en cuanto a actividades que desarrolla la Sociedad, ya que no requiere de modificación de los estatutos en caso de que sean diferentes.
En este caso sigue manteniéndose el capital mínimo de 3.000 euros, aunque también existe un capital máximo de 120.000 euros.
La elección del tipo de Sociedad es un aspecto a tener en cuenta a la hora de constituir una empresa, ya que cada una de ellas tiene unas características distintas. Es por ello que para elegir la que mejor se adapta a las necesidades de tu negocio debes contar con un servicio de asesoría que te aconseje en todo el proceso.
“Hay alguien tan inteligente que aprende de la experiencia de los demás” Voltaire